El Defensor del Pueblo se pronuncia sobre la naturaleza jurídica de los contratos de Forum Filatélico y Afinsa Bienes Tangibles [Volver]
Fecha: 20/04/2009

El Defensor del Pueblo, en contestación remitida a un socio de la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, se ha pronunciado, nuevamente, sobre la naturaleza jurídica de los contratos que realizaron los clientes de Forum Filatélico y Afinsa Bienes Tangibles.

Por su importancia, se reproduce a continuación la parte de la contestación referida a los contratos:

“...esta Institución recomendó al Ministerio de Economía y Hacienda la adopción de un régimen jurídico adecuado a las sociedades filatélicas y para el auxilio de los afectados por la intervención judicial de Forum y Afinsa, que ha sido rechazada reiteradamente. En opinión de la Secretaría de Estado de Economía la Ley 43/2007, de 13 de diciembre, de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de restitución de precio, que deroga expresamente el régimen anterior, es suficiente para la protección que precisan los inversores en el sector, criterio que no compartía esta Institución por estimar que no ofrece las garantías necesarias para que los ciudadanos estén adecuadamente protegidos, por lo que las investigaciones continuaron.

Recientemente se ha recibido un nuevo informe que, tras considerar todas las cuestiones planteadas por esta Institución, reitera el rechazo de la Recomendación, así como su opinión de que la naturaleza jurídica de los contratos que realizaron los clientes de ambas sociedades se encuadra en el área de consumo y no precisa la protección de organismos de control diferentes a los de las Comunidades Autónomas. Y ello a pesar de la existencia de Sentencias de los Juzgados de lo Mercantil que están conociendo de los concursos de acreedores en la liquidación de las sociedades intervenidas, que, en la línea jurídica sostenida por esta institución los califican como contratos de carácter financiero por su finalidad”.

La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, considera que la calificación jurídica de estos contratos en uno u otro sentido, no solo es una cuestión jurídica sino que puede tener consecuencias sobre la exigencia de responsabilidades.

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